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El juzgado de Violencia Doméstica de Sevilla ha archivado la causa contra un hombre que pasó once meses encarcelado por ocho denuncias de maltrato que ahora se ha demostrado que no pudo cometer o que las lesiones denunciadas por su compañera se las causó ella misma con un cúter.

Por ello, el juez ha archivado la causa contra J.A.S.B., de 39 años, y ha deducido testimonio por un presunto delito de denuncia o acusación falsa contra la supuesta víctima, R.V.D. Entre diciembre de 2005 y abril de 2008 la mujer presentó ocho denuncias por agresiones y acudió a numerosos programas de televisión para afirmar, entre lágrimas, que es madre de dos hijos pequeños y que no sabía “cómo pedir protección para no ser la próxima en la lista” de mujeres asesinadas por su pareja.

Mujer maltratada ¿o no?

Mujer maltratada ¿o no?

Fernando Retamar, abogado defensor del denunciado, ha lamentado en declaraciones a Efe que su cliente haya pasado once meses en prisión preventiva debido a estas falsas denuncias, pese a los numerosos testimonios que tenía a su favor, entre ellos 1.200 firmas de apoyo de sus vecinos en La Rinconada (Sevilla).

El juzgado de Violencia Doméstica, en un auto al que ha tenido acceso Efe, explica que una parte de las agresiones no pudo cometerlas el denunciado porque, según demostró mediante testigos, esos días estaba fuera de Sevilla y, respecto a la presuntamente cometida el 8 de marzo de 2007, se encontraba en prisión.

Dice el juez que no solo hay dudas sobre la forma en que se produjeron los hechos denunciados, sino por la “evidente falta de verosimilitud de la denunciante“. El auto se basa en el informe forense sobre la agresión supuestamente ocurrida el 21 de enero de 2008, en el que se recoge que las lesiones de la mujer “están todas situadas en la cara anterior del cuerpo, zonas accesibles para la interesada”.

Demanda por daños y perjuicios

Además, las heridas que presentaba en el cuello “son difícilmente producidas en una situación de forcejeo, las del antebrazo y muslo son paralelas, difícilmente producidas en una situación de forcejeo en que dos personas se están moviendo continuamente y mantienen posiciones diferentes”.

Por ello, el forense concluía que “no se puede descartar la característica autolesiva de las lesiones descritas”, según recoge el auto, que además se refiere a que el acusado estuvo ese día localizado en Umbrete (Sevilla), según certificó la Policía.

El 12 de junio de 2007 R.V.D. presentó otra denuncia contra la madre de su compañero que también concluyó con una sentencia absolutoria en el juzgado de instrucción 13 de Sevilla, añade el juez. Además, un informe de la Unidad de Valoración Integral del Daño (UVIG), especializada en violencia de género, dio cuenta del “escaso grado de verosimilitud de las denuncias presentadas por la perjudicada” pues su testimonio “tiene poca veracidad, destacando su inconsistencia, las contradicciones y la escasa concreción de su relato”.

El afectado ha anunciado a Efe que va a presentar a su vez una demanda por los daños y perjuicios causados para que su ex compañera “pague la parte del daño que ha causado”, ya que cuando estuvo en la cárcel perdió su trabajo y le ha costado encontrar otro.

Aqui puedes ver en video como la mujer pedía ayuda por estar siendo maltratada:

http://www.antena3noticias.com/PortalA3N/noticia/sociedad/hombre-cumple-meses-prision-por-una-falsa-denuncia-malos-tratos/6476974

texto: 20minutos

Me resisto a que quede un solo rincón de este planeta sin conocer la injusticia tan grande que está pasando en Linares, Andalucía. Por eso, procedo a publicar un resumen de los que nos está ocurriendo desde el año 2005, en castellano, en inglés, en francés, en alemán y en italiano.

Los padres de Miguel

Los padres de Miguel

En diciembre de 2005 mi hijo, Miguel Ángel García Moreno, fue denunciado por violencia de género por una expareja con la que había acabado su relación hacía seis meses. Mi hijo ya tenía otra nueva relación con una mujer más madura que la anterior. Rápidamente, tras una comparecencia oral ante una jueza y, sin otra prueba que no fuera el testimonio de la denunciante, Miguel Ángel recibió una comunicación del juzgado de Linares en la que se establecía una medida preventiva de alejamiento por tres meses a 150 metros.

En mayo de 2006, aunque ya había finalizado la mencionada medida preventiva, la expareja volvió a denunciarlo por un encuentro (ella sabía que lo encontraría allí) en una celebración local con cientos de personas. La entonces pareja de mi hijo y él se marcharon juntos de allí, pero al día siguiente él fue detenido y llevado a otra comparecencia oral en Linares tras pasar la noche en el calabozo. Sin otras pruebas, la medida de alejamiento fue ampliada a 500 metros, esta vez por tiempo indefinido.

El juicio definitivo se realizó en Jaén, en septiembre de 2008. En Octubre recibimos la sentencia en la que el juez Lucini, sentenciaba en contra de mi hijo (en nombre de Su Majestad el Rey) 4 años de prisión, 20 años de alejamiento a 200 metros con la denunciante y 9000 euros de indemnización a ella por responsabilidad civil. Todo ello tomando como prueba suficiente sólo los ocho testimonios que a continuación expongo:

-          Padre y madre de la denunciante: NO son capaces de referir ni un solo episodio de mal trato hacia su hija, solo que la pobre estaba muy decaída y cada vez más distante de sus amigos. Los cuales (añado yo) solo eran cuatro y tres vivían fuera de Linares. Normal que no tratase con ellos.
-          Hermano de la denunciante: Este muchacho fue el desencadenante de esta situación. En diciembre de 2005 agredió físicamente a Miguel Ángel ocasionándole fractura de huesos propios de la nariz entre otras lesiones por las que él fue juzgado y condenado a indemnizar a mi hijo por 9000 euros. En venganza, por lavar la imagen de este joven agresor, y por justificar su brutal agresión, su hermana denunció a Miguel Ángel por violencia de género en el referido al principio diciembre de 2005, por supuestas agresiones sufridas más de seis meses y de un año antes. En este juicio, el hermano declaró que Miguel Ángel amenazó de muerte a su hermana la noche que él lo agredió.
-          Psicóloga del Centro Municipal de la Mujer y Psicóloga de la Unidad Provincial de la Violencia de Género: Como todo el mundo sabe, ambas llevan el mismo discurso a todos los juicios para los que son requeridas, solo hay que asistir a unos cuantos y comprobarlo, siendo el juzgador el primero que lo sabe. En este caso, indicaron que la denunciante ha sido víctima de episodios de violencia, pero también sin ser capaces de referir ni demostrar un solo episodio en concreto.
-          Un informático amigo de la denunciante: Su testimonio no fue muy tenido en cuenta a la hora de la sentencia pero este hombre tuvo la caradura de decir delante del juez que mi hijo le ofreció 25 euros para acceder y entrar en el ordenador de la denunciante, cuando mi hijo posee titulación en informática desde hace más de 10 años y él es perfectamente capaz de hacerlo.
-          Otro amigo de la denunciante que estaba con ella en mayo de 2006 cuando denunció a mi hijo por quebrantamiento de medida cautelar de alejamiento: Declaró que Miguel Ángel dijo que la denunciante “es una niñata a la que nadie va a creer“.
-          La mejor amiga de la denunciante: Confirmó la amenaza declarada por el hermano.

Como ustedes pueden comprobar, ni un solo testigo de agresiones físicas y ni un solo parte de lesiones. Además, todos del entorno más cercano de la denunciante.

La defensa sólo presentó tres testigos:

-          La novia que mi hijo tuvo posteriormente: Declaró que el acusado es incapaz de hacer nada de lo que se le acusa. Que en el encuentro de mayo 2006 ellos dos marcharon cuando la denunciante apareció. Y que en año y medio de relación Miguel Ángel no había ejercido sobre ella ni un solo gesto que pudiese implicar mal trato o violencia familiar.

Acto seguido, casi a las 3 de la tarde, el juez Lucini indicó a mi letrada que, de los dos testigos que nos quedaban por declarar sólo le permitía el paso de uno de ellos. Mi letrada solicitó que dicha denegación constase en acta, pasando posteriormente el siguiente testigo.

-          Un psicólogo: Basándose en varias entrevistas con mi hijo, declaró que este no es una persona desequilibrada, que el acusado no tiene el perfil de un maltratador, ni el celotípico.

Yo iba a declarar que cuando acompañé a mi hijo a urgencias (tras la paliza del hermano de la denunciante) este no pudó amenazar de ningún modo a ella, ya que yo lo llevaba en silla de ruedas, con los ojos hinchados y cerrados, semi-inconsciente y sangrando. Pero no permitiendo mi declaración, el juzgador le produjo a Miguel Ángel una gravísima indefensión y lo privó del derecho de defensa.

Finalmente, la Audiencia Provincial de Jaén ha respondido (de nuevo en nombre de Su Majestad el Rey) el recurso de nuestra letrada confirmando la sentencia del juez Lucini, argumentando solo un montón de doctrina y sin hacer apenas referencia al recurso indicado, lo cual evidencia que en dicha Audiencia Provincial de Jaén son unos auténticos expertos copiando doctrina mediante copy paste, pero ni siquiera se evalúan los recursos recibidos (como así nos han confirmado la mayoría de los abogados de Linares) jugando así con la vida de las personas.

Sin nada más que añadir, reciban ustedes desde Linares un cordial saludo y mi mayor agradecimiento por el tiempo que ha empleado en la lectura de este extenso artículo.

Más información, videos, audios, etc.. en http://nievesmoreno.blogia.com

05/01/2008.- La mujer desobedeció las órdenes judiciales de devolver al menor e incluso denunció al ex marido para que le quitasen la custodia La acusada deberá indemnizar con 1.000 euros a su ex marido.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz ha condenado a un año de cárcel a una mujer que se llevó a Málaga a su hijo, que vivía con el padre en Villafranco del Guadiana. La madre se negó reiteradamente a cumplir las órdenes del juez de devolverlo a su ex marido, al que correspondía la custodia del menor.

Esta sentencia, que tiene fecha del pasado 19 de diciembre, pone fin, al menos de momento, a un largo conflicto abierto a raíz de que la madre se negara primero a devolver al menor al término de las vacaciones y más tarde incluso lo ‘raptase’ cuando el niño paseaba a su perro. El padre, Alfonso Vega, denunció en HOY hace casi dos años la lentitud de la justicia en resolver la situación. Tuvieron que pasar meses y realizar innumerables gestiones judiciales para que se cumpliese la sentencia que decía que el niño debía vivir con su padre.

De Badajoz a Málaga

Alfonso Vega, con su hijo.

Alfonso Vega, con su hijo.

Alfonso Vega tenía concedida la custodia del niño desde 2004, cuando los psicólogos determinaron que vivir con el padre era la mejor solución para el niño. La madre tenía derecho a visitarlo y a pasar unas semanas de vacaciones con él. En el verano de 2005 el menor fue a pasar las vacaciones con su madre a Málaga. Pero cuando el padre fue a recogerlo, a principios de septiembre, su ex mujer Flor M. M., presentó una denuncia contra Alfonso Vega por supuestas amenazas telefónicas. El Juzgado de Violencia de Género de Málaga dictó de inmediato orden de alejamiento del padre y le quitó la custodia del menor en favor de la madre.

Un mes después, el 7 de octubre de 2005, un juez de Málaga absolvió a Alfonso Vega de la denuncia que le había puesto su ex mujer y determinó que el niño debía volver a la situación anterior.

El pequeño volvió a Villafranco, pero el 15 de noviembre la madre aprovechó que el niño estaba paseando a su perro por los alrededores de la casa del padre para llevárselo a Málaga de nuevo.

Un juzgado de Badajoz dio órdenes reiteradas de que lo devolviese a su ex marido, e incluso le impuso a Flor M. M. una multa mensual de 150 euros por no obedecer las resoluciones judiciales.

A todas estas órdenes la acusada le hizo caso omiso. El 6 de abril de 2006, al declarar como acusada en unas diligencias penales, fue requerida para que entregase al niño en 48 horas. También pasó por alto este requerimiento. Cinco días después, el Juzgado de Instrucción número 1 de Badajoz ordenó que interviniera la Policía para la entrega forzosa del menor al padre. Finalmente, el 14 de abril la Policía obligó a Flor M.M. a entregar el niño a su padre.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz la condena ahora a un año de prisión por un delito de desobediencia a las resoluciones judiciales. También le impone una multa de 360 euros por una falta contra el régimen de custodia de sus hijos menores que haya establecido la autoridad judicial.

El Código Penal establece multas para los padres que no respeten el régimen de custodia que establece el juez. En concepto de responsabilidad civil Flor M.M. deberá indemnizar a su ex marido con mil euros, más los intereses legales devengados. La sentencia fue alcanzada por conformidad de las partes, por lo que es firme.

fuente: hoy.es

29 Abr 2009

Cárcel para la madre que ‘raptó’ a su hijo

Author: admin | Filed under: Abuso de menores